El potencial de la logística del frío en la pionera ley contra el desperdicio alimentario

El desperdicio alimentario vuelve al ojo del huracán tras el último anuncio del Gobierno. ¿Qué puede hacer al respecto la logística del frío?

Bajo el nombre ‘Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario’, recientemente el Consejo de Ministros aprobaba el proyecto de ley que promete revolucionar la cadena de suministro de productos alimentarios. 

De ponerse en marcha, esta sería la primera regulación sobre la materia que se promulga en España donde, solo en 2020, los hogares tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos. Esto es una media de 31 kilos/litros por persona.

Frente a lo que también supone la pérdida de 250 euros por ciudadano y año, la cadena de frío se postula como el aliado perfecto de una ley que pretende regular y concienciar.

¿Qué supone esta propuesta de ley?

Presentada por Lluis Planas, el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación ha explicado que el desperdicio de alimentos representa una ineficiencia de la cadena alimentaria. Esta, a su vez, genera consecuencias económicas, sociales y ambientales.
 
En este sentido, la normativa trata de fomentar buenas prácticas, desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección, hasta los consumidores, bien sea en el hogar, los supermercados o el canal horeca.  

Así, la propuesta establece que todos los agentes implicados en esta industria tienen una nueva obligación. A partir de su entrada en vigor, las empresas deberán disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. 

El objetivo es que las compañías hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificando dónde se produce las pérdidas. Una vez realizado, las mismas deben fijar medidas para minimizarlas. 

¿Qué papel jugará en ella la cadena de frío?

Gran parte de los descartes se deben al mal estado de los alimentos. En ello, precisamente, radica la importancia de la logística del frío en la cadena de suministro, que garantiza la calidad de los alimentos. 

Esta no solo conserva sus características nutricionales, también las organolépticas, previniendo la aparición de microorganismos patógenos. 

Así, su papel se vuelve esencial es una de las prioridades de la medida propuesta: garantizar las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento que asegurarán el bienestar de las donaciones de los excedentes de alimentos. 

Las entidades sin ánimo de lucro y sus proveedores no sólo deberán disponer de las herramientas necesarias para el cuidado de estas materias primas, también garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro. 

De esta manera, los agentes encargados de garantizar la cadena de frío también cumplirán con otra función: el control. A través de la visibilidad que otorgan sus herramientas, la administración podrá saber si el destino final han sido las donaciones y que, en ningún caso, estos excedentes están siendo comercializados. 

¿De qué excedentes hablamos?

La categoría de alimentos que se consideran perecederos, como frutas, verduras, carnes, pescados o productos congelados que necesitan una temperatura controlada, son el ámbito del que la logística del frío se puede hacer cargo. 

De hecho, su nivel de especialización permite que, en ningún caso, se produzca una rotura en la cadena de frío. 
Esto implica un detallado control en los momentos más críticos del transporte y almacenaje de los alimentos. Las tareas de carga y descarga y el movimiento de las mercancías desde el punto de origen a destino son particularmente relevantes. 

Ello respalda la importancia de contar con un proveedor de confianza con experiencia en el nicho que evite el desperdicio, tal y como recoge la nueva propuesta de ley. 

¿Y si no se cumple?

De no contar con un partner de confianza que asegure el buen hacer de estos procesos, evitando tirar a la basura cientos de kilos de alimentos, la futura regulación prevé una serie de sanciones. 

El régimen establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que puede oscilar entre los 2.001 y 60.000 euros. 

Así mismo, se considerará infracción leve no aplicar la jerarquía de prioridades en el uso de alimentos o que las industrias y empresas de distribución no lleven a cabo la donación de los productos no vendidos aptos para el consumo humano. Para ello, la ley prevé multas de hasta 2.000 euros. 

De esta manera, ante la potencial entrada de una regulación que pondrá la lupa sobre la cadena de alimentaria, cada uno de los actores implicados deberán revisar sus estrategias. Ello, previsiblemente, llevará a poner en valor el papel y la eficiencia que la logística del frío aporta a la industria. 

 volver
c/ Guifré el Pilós, 3 Nave 5, Pol. Ind. Can Vinyals | 08130 Santa Perpetua - Barcelona
soapa@soapaeuropa.com | Teléfono (+34) 93 721 66 70 | Fax: (+34) 93 721 21 92